Al referirse a la
reinvención del Estado, Boaventura de Sousa se preguntaba “si durante
la vigencia del reformismo el Estado fue el sujeto y la sociedad su
objeto, ahora que el Estado se ha convertido en objeto de reforma,
¿quién es el sujeto de la reforma?, ¿acaso la sociedad?”.
Tal
duda razonable se asocia con un fenómeno que hemos vivido este último
par de semanas, luego de que el pasado 6 de febrero la Cámara de
Senadores remitiera en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional
(TCP) un proyecto de Ley de Aplicación Normativa cuyo cuarto artículo
“está dirigido a determinar el correcto campo normacional del artículo
168 y la Disposición Transitoria Primera Parágrafo II de la
Constitución Política del Estado”.
El fenómeno al que hago referencia tiene que ver con lo que ha ocurrido, desde entonces, en el ámbito de la opinión pública.
Con
leves pero poco remarcables tránsitos, como sociedad en ejercicio de
opinión pública (y publicada), hemos pasado de ser unos avezados
tipnólogos (durante todo 2011), a ser unos experimentados
constitucionalistas, este 2013, para determinar en los escenarios
mediáticos que el presidente Evo Morales no está habilitado para
postular a la Presidencia en 2014.
Con una leve pero sutil
diferencia entre ambas situaciones: la habilitación (o no) del
Presidente para las elecciones es un tema que no sólo hace al ámbito
jurídico, sino al amplio marco de la democracia, al espacio estatal, al
país y al enorme paraguas que alberga la historia nuestra de cada día,
en su conjunto.
La democracia intercultural, se sabe,
construye y transita aún sus propias rutas, y en ellas todas las
decisiones que cada uno de los órganos que constituyen el Estado
Plurinacional está tomando -proceso de reinvención estatal de por
medio-, no sólo edifican la construcción de este nuevo Estado sino,
además, le dan continuidad al proceso posconstituyente por el cual el
país optó como ruta histórico-política.
A la luz de esta
reinvención estatal y transición paradigmática es que no podemos
limitar la deliberación de un tema de tal envergadura al plano
únicamente jurídico aunque, claro, ésa sea la primera tentación
heredada de una tradición jurídica monista.
Por el
contrario, es vital (y es, además, sintomático) que todos estemos ya en
este debate, pues no es un asunto de competencia estrictamente
judicial sino, por el contrario, histórico, democrático, social y
político.

La imagen es, como siempre, del genial Abecor.
En
el campo democrático-institucional llama la atención que hayan sido
precisamente los defensores de la institucionalidad, en el marco de la
democracia liberal, quienes vertieron las primeras críticas al único
hecho tangible que hasta ahora ha ocurrido: la remisión del proyecto de
ley al TCP, enfocando los dardos hacia la intención del presidente
Morales de ser reelegido en 2014, centralizando el debate en la
credibilidad que se le puede otorgar al Presidente, siendo que éste es
un asunto de juicio público que, usualmente, es juzgado en urnas.
Sabemos
que no existen otras vías legítimas y que ofrezcan certidumbre sobre
determinados aspectos más allá de las democráticas, y la vía de la
consulta constitucional al órgano encargado de ello (cuya legitimidad
hoy existe) es, por donde se vea, un camino legal y legítimo, del cual
queda aguardar respuesta.
El escenario está planteado y es
más amplio y complejo de lo que las tentaciones leguleyas nos invitan a
mirar; no olvidemos pues que, en procesos de reinvención estatal, ya
lo dijo Boaventura: “la lucha se produce en un espacio público mucho
más amplio que el espacio público estatal: un espacio público no
estatal del que el Estado no es sino un componente más”.
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La nota fue publicada originalmente en el suplemento IDEAS, de Página Siete, el pasado domingo 3 de marzo, pueden ver la versión original de la misma en el siguiente link: http://bit.ly/Z6LKFB
La nota fue publicada originalmente en el suplemento IDEAS, de Página Siete, el pasado domingo 3 de marzo, pueden ver la versión original de la misma en el siguiente link: http://bit.ly/Z6LKFB






